Buscar este blog

viernes, 10 de septiembre de 2010

Persona: Definición

En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) como todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

http://es.wikipedia.org/wiki/Persona

No hay comentarios:

Publicar un comentario